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Constitución de hipoteca
Hay hipoteca cuando una persona o una entidad financiera le prestan a otra una suma de dinero, y esta última asegura el pago poniendo como garantía un inmueble de su propiedad.
La hipoteca siempre se hace por escritura pública.
Para hacer la hipoteca los interesados deben cumplir dos etapas:
En la Notaría
Firmar (otorgar) la escritura pública de hipoteca, en la que aparece la descripción del inmueble que se da en garantía y la manifestación de Qué es inmueble queda hipotecado a favor del acreedor.
Requisitos
Los interesados deben tener plena capacidad para esto el notario validar a esta condición.
Documentos de identificación de los interesados. Si alguno de los interesados es persona jurídica, Como un banco o entidad financiera debe presentarse el documento que acredite su existencia y representación legal.
Certificados de paz y salvo por impuesto Predial que contenga el avalúo catastral y por impuesto de valorización , se aplica en el municipio.
Certificado de libertad y tradición y copia de la escritura pública que demuestre que aquí en hipoteca es el dueño del bien.
Se puede dar un poder para hacer una hipoteca punto consulta al notario.
Casi siempre como la hipoteca se hace en la misma escritura de compraventa, pero puede hacerse por separado.
En la oficina registro instrumentos públicos:
Una vez terminada la primera tapa , o sea como la de la escritura pública , el notario debe entregar copia auténtica a los interesados para llevarla a esa oficina , dentro de los 90 días siguientes a la fecha de la escritura punto olvidar este plazo , significa volver a iniciar el trámite.
Fuente: Texto tomado del Cuardernillo de la Unión Colegiada del Notariado Colombiana. “ Diligencias en Notarias” - Orientación al Ciudadano
Constitución de Hipoteca